Chihuahua, Chih.- Desde Fátima I.B.P nos sumamos a la condena que ha generado la divulgación de un video a través de las redes sociales y medios de comunicación, donde se exhibe la detención de una persona perteneciente a la policía ministerial por parte de elementos de la Policía Municipal de Hidalgo del Parral, burlándose de su vestimenta.
El agente se suicidó horas después de los hechos.
Los elementos policíacos infringieron la ley con su conducta, violando los protocolos de detención y de protección a los derechos humanos de las personas mostrando una profunda homofobia y misoginia, replicando estereotipos de género.
Este último punto resulta muy grave, ya que estos hechos evidencian la nula capacitación con perspectiva de derechos humanos de los cuerpos policiacos, cuando es fundamental que los agentes actúen de manera respetuosa, incluyente y en estricto apego a las leyes.
Ante ello, exigimos que este caso sea investigado puntualmente por la autoridad competente y que se aplique con rigor el Capítulo VII Contra la intimidad sexual Artículo 180 Bis. A los elementos policiacos involucrados y a los medios de comunicación que difundieron el vídeo y aún lo tienen disponible en sus plataformas virtuales.
“A quien reciba u obtenga de una persona, imágenes, texto o grabaciones de voz o audiovisuales de contenido erótico o sexual y las revele o difunda sin su consentimiento y en perjurio de su intimidad, se le impondrá de seis meses a cuatro años de prisión y de cien a doscientos días sin multa”
“A quien sin haber recibido u obtenido de la víctima imágenes, textos o grabaciones de voz o audiovisuales de contenido erótico o sexual, y a sabiendas de que la información fue revelada y difundida sin el consentimiento de la víctima y aun así la difunde, se le impondrá de noventa a ciento ochenta días de trabajo a favor de la comunidad.”
Considerando que el elemento ministerial fue víctima de acoso por la publicación y difusión de las imágenes en video con las cuales se atentó contra su dignidad y privacidad.
Recordemos que dicho artículo cubre diversas disposiciones de carácter penal para salvaguardar el derecho a la intimidad personal y el ejercicio libre y protegido de los derechos sexuales e integridad de las personas, principalmente de las mujeres, ya que son ellas las que más sufren este tipo de hechos.
Asimismo, reiteramos la urgencia para que las corporaciones policiacas se sometan de manera obligatoria y permanente a capacitaciones sobre derechos humanos y perspectiva de género. Solo la profesionalización de las y los policías y su actuación conforme a los protocolos, evitarán más casos lamentables como éste.
De igual manera, hacemos un llamado a los medios de comunicación para que eliminen de inmediato la reproducción en sus espacios informativos de fotografías o videos que revictimizan a las personas y que además fomentan los estereotipos sexistas.